Servicios > Registros > Inscripcion de Material Genético Importado



Asocebú exige que el material genético sea importado legalmente, por lo tanto para tramitar la inscripción, cualquier persona natural o jurídica puede presentar al departamento de registros solicitud escrita anexando el registro genealógico expedido por la Asociación de raza del País de origen, especificando su uso y cumpliendo con la siguiente normatividad:

Ejemplares importados:
  1. Registro genealógico original con el respectivo traspaso al propietario, expedido por la Asociación del País  de origen,
  2. Certificado Zoosanitario de importación del Instituto Colombiano Agropecuario
  3. Resultado de la genotipificación emitido por el laboratorio correspondiente.
  4. Este ejemplar debe ser revisado y aprobado por un funcionario técnico de Asocebú.
  5. Los ejemplares aprobados e introducidos al país, serán registrados en los libros genealógicos de la Asociación, cancelando previamente los derechos exigidos.

DESCUENTOS POR VOLUMEN DE CERTIFICADO DE REGISTRO PARA MACHO Y/O HEMBRA IMPORTADA

No. De Ejemplares

Descuento

V/R por Animal

1

0%

500.000

2 a 5

2%

490.000

6 a 10

4%

480.000

11 a 20

6%

470.000

21 a 30

8%

460.000

31 a 50

10%

450.000

51 a 100

15%

425.000

101 a 200

20%

400.000

201 ó más

30%

350.000

Semen para programa de inseminación:

  1. Fotocopia del registro genealógico o genealogía, expedido por la Asociación del país de origen.
  2. Resultado de la genotipificación emitido por el laboratorio correspondiente.
  3. Resultados de la evaluación genética (DEP´S),
  4. La Asociación inscribirá la genealogía de este ejemplar únicamente a nombre del propietario que figure en el registro genealógico o genealogía.
  5. Se emitirá copia del registro al primer solicitante gratuitamente.


Embriones importados:

  1. Carta del vendedor de los embriones informando la venta de los mismos.
  2. Certificados de transferencia de embriones en donde se reportó el procedimiento del lavado de la donadora en el País de origen.
  3. Copia del registro con las genealogías completas de los progenitores (padre y madre) expedidas por la respectiva Asociación.
  4. Resultados de la evaluación genetica (DEP´S) de los donanates.
  5. Resultado de la genotipificación de los donantes emitido por el laboratorio correspondiente.
  6. Reporte de la transferencia del embrión en Colombia, debidamente diligenciado en el formulario de Asocebú.   
  7. Cancelar el valor de $100.000 correspondiente a la inscripción de la genealogía de embrión importado por el socio que lo denuncie.
  8. Hacer el denuncio de nacimiento y solicitud de registro de la cría nacida.